martes, 19 de diciembre de 2017

LAS 16 CURULES DE VÍCTIMAS HUNDIDAS POR LÓGICA MATEMÁTICA Y FICCIÓN JURÍDICA

SI SE COOPTA LA DEMOCRACIA, PASA A SER DICTADURA. LAS 16 CURULES Para las FARC....Que de VÍCTIMAS NO TIENEN NADA. El Tribunal de Cundinamarca, invade de manera artera, la concepción TRIPARTITA del Estado y con ello, la independencia de poderes, sin dejar de reconocer su sustrato de colaboración armónica. Primero un juez, pretendió ordenar el envío de algo INEXISTENTE, para ser firmado por el ejecutivo FARCSANTE. Segundo, el Tribunal de Cundinamarca, mediante acción de cumplimiento, "que se cumpla" con el envío, al mismo ejecutivo FarcSante, un acto legislativo Inexistente. No han podido, ni querido entender que el acto legislativo que creaba las 16 circunscripciones especiales para los victimarios, arropados de víctimas, no llegó a nacer a la vida jurídica y que por tanto, no hay lugar a enviar nada, a ninguna parte. Ni un juez de tutela, ni ningún tribunal pueden revivir lo fenecido. Ya murió y fue enterrado. ¿Y frente a eso que podemos hacer? NADA. Salvo que pretendan ser DIOSES, pero ni así. Porque pretender ser, a ser, son dos cosas muy distintas. Ya lo he explicado, pero mis escritos en la red social, no han tenido eco, en este gobierno putreo. El Senado de la República de Colombia, a hoy está conformado por 102 SENADORES, y para un acto como el que se acota, requiere de una mayoría calificada, para que sea aprobado, previo el procedimiento establecido para su procedencia. La mayoría que se anota es de la MITAD MÁS UNO DE LOS MIEMBROS DE LA CÁMARA ALTA. Esto es, la mitad de 102, que en aritmética simple, da 51 + 1 = 52. Resultado de la votación en plenaria de Senado = a 50. Faltaron 2. No pasó. Pero aceptando la tesis del FarcGobierno, de que son 99, por estar sub yudice 3 curules, y no siendo estos reemplazados, nos daría una mayoría de: 99. Sobre 99, entonces busquemos la mayoría absoluta. 99 total de miembros del SENADO. Mayoría absoluta en esta tesis: 99 / 2 = 49.5 Con el solo entero y la fracción, no nos alcanza, acudimos a un ficción aritmética, aceptada por la ley. Veamos: 99 /2 = 49.5 + 49.5 = 99 Pero como entero con fracción no nos sirve, acudimos a elevar, ese entero 49, con la fracción .5, al entero más próximo. Son dos enteros con fracción: 49.5..................................y 49.5........................... Elevemos entonces el entero con fracción al entero absoluto más próximo, y veamos que resulta: 1) 49.5 al entero más próximo = 50 2) 49.5 al entero más próximo = 50 Resultante a título de SUMATORIAS de las aproximaciones de los DOS ENTEROS FRACCIONADOS = 100, y tenemos: Primer entero con fracción elevado al entero más próximo = 50 Segundo entero con fracción elevado al entero más próximo = 50. RESULTANTE DE LA SUMATORIA EN LA FICCIÓN ARITMÉTICA, que trae la ley = 100. Mayoría absoluta en la ficción aritmética... 50 + 1 = 51 Conclusión: Al verificar la votación el SECRETARIO DEL SENADO, por obvias y elementales razones dice: El PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO no PASÓ, y por lo tanto se hundió. Ordénese su archivo definitivo. Y es que al RESULTANTE de dividir un número IMPAR, que arroje dos ENTEROS CON FRACCIÓN, no le podemos quitar UN MEDIO A UNO PARA DÁRSELO AL OTRO, porque estaríamos falseando la lógica aritmética planteada, y la Constitución y la ley que la misma aceptan. 49.5 aproximado al entero que le sigue; esto es 50, siendo válido; no le podríamos en la misma operación hacerle: 49.5 bajado al entero más próximo = 49, para favorecer un extremo en igualdad de circunstancias sobre el otro. Incluso se estaría violando en el planteamiento dado, la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en su ARTÍCULO 13. Más que aritmética elemental, es LÓGICA ELEMENTAL, y contrariarla sería tanto como dar un golpe de facto a una de las instituciones PARADIGMAS de la DEMOCRACIA. EL LEGISLATIVO, y desmontar la FIGURA más antigua de las AMÉRICAS; una por COOPTACIÓN entre el EJECUTIVO y JUDICIAL, y DESMONTE DEL LEGISLATIVO. Por si los jueces y magistrados cooptados no saben o no entienden, la base de la aproximación al entero más próximo de DOS ENTEROS CON FRACCIÓN, resultante de un entero PURO, podrían perfectamente apoyarse en uno cualquiera de los matemáticos más grandes de la Historia de la Humanidad, hasta nuestros días. ***************************************************************************** Pitágoras de Samos. Es uno de los grandes matemáticos de la Grecia moderna que vivió del 570 a 495 AC. ... Andrew Wiles. ... Isaac Newton y Wilhelm Leibniz. ... Leonardo Pisano Blgollo. ... Alan Turing. ... René Descartes. ... Euclides. ... Bernhard Riemann. Y le podríamos agregar al BALDOR de nuestras épocas de bachiller. IVÁN DARÍO BOTERO RODRIGUEZ Abogado U. de M.

jueves, 7 de diciembre de 2017

LAS CIRCUNSCRIPCIONES ESPECIALES PARA LAS "VÍCTIMAS"

LAS CIRCUNSCRIPCIONES ESPECIALES PARA LAS VÍCTIMAS. Lo anterior es una falacia y la prueba de ello, lo da el hecho del ENOJO 😡 virulento de los terroristas, que daban como un hecho, que a punto de intimidaciones, las curules en la realidad material iba para ellos. El tiro por la culata, que están tan acostumbrados a aplicarle a otros, se lo metieron ellos. Explico: La mitad aritmética de un número non, o impar, es el resultado de su división, sumado el resultante al entero más inmediato. Veamos entonces en el hipotético de que los miembros del senado sean 99 y no 102, como es lo correcto. Mitad de 99 = 49.5 Para los efectos de lo expresado arriba y que es la fórmula gobfarc, la mitad sería en consecuencia el entero superior; esto es, 50. Aceptemos como mitad válida y no objetable el número mágico de 50. Y para el caso en cuestión, que impone legal y constitucionalmente, la mitad más uno, nos lleva, a la cifra que corresponde al siguiente resultante. Mitad aritmética de 99 = 50 Mitad más uno en lógica matemática, sería entonces: Mitad de 99 = 50; más 1, que es el requisito para la aprobación del proyecto = 51. Qué tenemos entonces: Miembros del Senado en circunstancias normales: 102 (aunque nadie a dicho que no lo sea), mitad aritmética = 51. Requisito para la aprobación: Más uno = 52. Requisito para la aprobación en circunstancias anormales. 99 dividido dividido 2 = 49.5 con aproximación al entero siguiente 50. Resultado para aprobación = al más 1, nos da 51. Por dónde lo miren se hundió. A control constitucional no puede ir, por qué no existe al No ser aprobado.....y punto. IVÁN DARÍO BOTERO RODRÍGUEZ Abogado U. de M.